miércoles, 2 de septiembre de 2009

EL ATESTADO POLICIAL

EL ATESTADO POLICIAL

I. DEFINICIÓN:

El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, define al atestado como "el instrumento oficial en que una autoridad o sus delegados hacen constar como cierta alguna cosa. Aplícase especialmente a las diligencias de averiguación de un delito, instruidas por la autoridad gubernativa o policía judicial como preliminares de un sumario".

En la práctica procesal penal del Perú, el atestado es, en palabras de Guillermo Olivera Díaz, "el documento por el cual la policía denuncia la perpetración de un acto punible ante el Ministerio Público conteniendo las investigaciones practicadas y que serán apreciadas por los jueces y tribunales con criterio de conciencia.." (1)
II. LAS PARTES DEL ATESTADO
El Atestado Policial consta fundamentalmente de tres partes que en el modo de su elaboración no son muy fáciles de distinguir:
1. Encabezamiento
2. Cuerpo
3. Término

El Encabezamiento contiene fundamentalmente el nombre de la institución y de la dependencia responsable, la nominación del documento, su numeración y clasificación, el tipo de delito, hora y fecha de su comisión, el lugar, el nombre y el alias del o los implicados.

El Cuerpo del atestado es lo más medular. En él se da cuenta de las investigaciones y pericias practicadas, detallando con claridad las conclusiones que cada una de estas actividades arroja. Forma parte del Cuerpo la transcripción literal de la denuncia presentada por la víctima o sus familiares, según sea el caso; En caso contrario, se transcribe o adjunta el documento o comunicación por medio del cual se ha tomado conocimiento del hecho delictuoso. También forma parte del Cuerpo del Atestado Policial, las inspecciones técnicas realizadas por la policía en el lugar de los hechos, la manifestación del autor o autores del hecho delictuoso, declaración de los testigos, etc. Es importante la evaluación y análisis final de la forma en que se produjeron los hechos, de las declaraciones, de las pruebas y de las evidencias.

El cuerpo del Atestado contiene también una breve descripción sobre los antecedentes policiales de los implicados, con indicación de quienes se encuentran detenidos, quiénes son no habidos, prófugos o requisitoriados.
El Cuerpo del Atestado se cierra siempre al final con las conclusiones. En esta última parte del Cuerpo del Atestado se establece en concreto si se considera o no al o los implicados autor o autores del hecho delictuoso.

Finalmente, el Atestado concluye con la parte que se denomina Término y en el cual se consigna el lugar y fecha de elaboración, la autoridad responsable estampa su firma, la antefirma y la posfirma.
III. PRINCIPALES DOCUMENTOS QUE CASI SIEMPRE ACOMPAÑAN AL ATESTADO
Además de la manifestación del denunciante, del denunciado, así como la declaración de los testigos, al Atestado se le adjunta los siguientes documentos, según sean pertinentes:
1. Los antecedentes policiales.- Con la finalidad que el juzgador evalúe si el actor del delito es una persona peligrosa o es un agente primario.

2. Examen médico legal de la víctima.- Generalmente en los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud.

3. Examen toxicológico.- Sirve para determinar las sustancias que ha ingerido el implicado en el momento de realizar los hechos que son materia de investigación. Es también una pieza fundamental para establecer el grado de responsabilidad del agente que cometió el delito.

4. Hoja de identificación personal del implicado.- En esta hoja se anotan los rasgos físicos que individualizan al autor del hecho delictuoso: estatura, peso, edad, color de ojos, contextura, cicatrices, si tiene o no tatuajes, etc.

5. Acta de decomiso e incautación.- Es el documento en el que consta el apoderamiento de los medios empleados por el autor para cometer el delito o de cualquier otro objeto que constituya prueba o evidencia a ser evaluada con posterioridad por la autoridad judicial. El arma de fuego, la droga, la mercadería en los delitos de contrabando o especulación, el instrumental médico en los delitos de aborto, etc.

6. Informe técnico.- Croquis representativo de la forma en que ocurrió u ocurre un accidente de tránsito, pieza importante en las investigaciones de homicidio culposo.
IV. VALOR DEL ATESTADO POLICIAL La ley señala que el Atestado policial tiene el carácter de prueba si es que las investigaciones policiales se han llevado a cabo con presencia del representante del Ministerio Público. En caso contrario tienen el valor de una mera denuncia